Si vives en España y tienes criptomonedas en el extranjero que superan los 50.000 euros estás obligado a declararlas. Para ello, se ha establecido el Modelo 721, una obligación que busca garantizar la transparencia fiscal y el cumplimiento tributario.
Es importante destacar que el Modelo 721 es una declaración informativa y no implica en sí misma el pago de impuestos. Corresponderá pagar impuestos si se ha obtenido ganancias con la compra-venta de criptomonedas. Pero esto se deberá incluir en la declaración de IRPF que se hace cada año entre mayo y junio. El Modelo 721 se presenta en los primeros tres meses del año.
¿Quiénes deben presentar el Modelo 721?
Da lo mismo si sos argentino, colombiano o mexicano. Todo residente fiscal en España, ya sea extranjero o español, debe declarar sus criptomonedas en el extranjero. Estas son las condiciones a tener en cuenta:
- Cualquier persona o entidad residente en España con criptoactivos por 50.000 euros o más en plataformas fuera del país debe presentar el Modelo 721.
- Aplica a cuentas en exchanges, wallets privadas y cualquier otra forma de almacenamiento digital de criptomonedas.
- No distingue entre tenencia y operación; basta con que los activos existan en el extranjero.
- Los titulares de criptomonedas en plataformas descentralizadas también deben evaluar si cumplen con los requisitos para declarar.
¿Cuándo y cómo se presenta?
- Se debe declarar anualmente entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
- Se informa sobre la situación de los activos a 31 de diciembre del año previo.
- Solo se presenta nuevamente si hay un incremento superior a 20.000 euros respecto a la última declaración.
- La presentación se realiza a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando un certificado digital o Cl@ve PIN. Si no lo tienes, un gestor de nuestro despacho lo puede presentar en tu nombre.
- Es recomendable conservar documentación que respalde el valor de las criptomonedas declaradas, como extractos de exchanges o registros de blockchain.
Consecuencias de no declarar
Desde MBT Abogados recomendamos siempre hacer la declaración. No presentarlo puede generar estos inconvenientes:
- Multas de 5.000 euros por cada dato omitido o erróneo, con un mínimo de 300 euros.
- Hacienda podría considerar las criptomonedas no declaradas como ganancias patrimoniales no justificadas, con sanciones adicionales del 50% sobre su valor.
- Las inspecciones pueden generar bloqueos de cuentas y revisiones fiscales inesperadas.
- La falta de presentación puede complicar la regularización de activos en el futuro, limitando la capacidad de mover fondos de manera legal.
Pero veámoslo explicado con un ejemplo práctico. María, residente en España, posee 55.000 euros en criptomonedas en una plataforma internacional. No presenta el Modelo 721 pensando que no será detectada. Dos años después, decide vender parte de sus activos y transferirlos a su cuenta en España. Hacienda detecta el ingreso y le exige justificar el origen de los fondos, imponiendo multas y tributos adicionales.
Importancia de la planificación fiscal
Para evitar problemas, es esencial informarse y cumplir con las obligaciones fiscales. Si tenés criptoactivos en el extranjero, te recomendamos evaluar tu situación y realizar la declaración correspondiente.
- Revisar periódicamente el valor de los criptoactivos para saber si superan el umbral de 50.000 euros.
- Mantener registros claros de transacciones y custodia de los activos.
- Consultar con un especialista en fiscalidad internacional para planificar adecuadamente y evitar sanciones.
¿Cuándo prescribe la falta?
Si no sabías del Modelo 721 y se te pasó el plazo para presentarlo, tal vez lo mejor sea esperar a que prescriba la falta. El plazo de prescripción es de 4 años a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de presentación del modelo. Es decir, si el Modelo 721 debía presentarse en marzo de 2025, la falta prescribiría en abril de 2029.
Ese plazo de 4 años se puede extender si la Agencia Tributaria inicia un procedimiento de comprobación o inspección, o si se considera que hubo delito fiscal.
Diferencias con el Modelo 720
- El Modelo 720 está destinado a declarar bienes en el extranjero como cuentas bancarias, inmuebles o participaciones empresariales, mientras que el Modelo 721 se centra exclusivamente en criptomonedas.
- Ambos modelos comparten la misma fecha de presentación, pero el Modelo 721 es una novedad fiscal reciente adaptada a la era digital.
- Las sanciones en el Modelo 721 siguen un criterio similar al del 720, aunque aún pueden ser objeto de modificaciones regulatorias.
Si necesitás información sobre el Modelo 720, te recomendamos leer este post de nuestro blog.
Somos un despacho de abogados en Barcelona especializado en asesorar a latinoamericanos, y argentinos en particular, sobre fiscalidad internacional. Si necesitás ayuda con el Modelo 721, podés contactarnos para una consulta. Los honorarios de nuestros abogados por una hora de consulta presencial o por videoconferencia son 150€.